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miércoles, 10 de febrero de 2016

CLAÚSULAS ABUSIVAS QUE PODEMOS ENCONTRAR EN NUESTRA HIPOTECA

             CLAÚSULAS ABUSIVAS QUE PODEMOS ENCONTRAR EN                               NUESTRA HIPOTECA  (En la escritura del préstamo hipotecario)

Estas son algunas de las clausulas abusivas que podemos encontrar en nuestro préstamo hipotecario:

·        *  GASTOS DE RECLAMACIÓN DE IMPAGOS: Más de 18 euros de reclamación de impagos se considera clausula abusiva

·       *   PACTO QUINTO: Si aparece el nombre de una aseguradora se considera clausula abusiva.

·      *    PACTO SEXTO:  Un porcentaje superior al 10,5% de interés de demora se considera clausula abusiva (En las cajas viene detallado como X puntos + el interés nominal, hay que sumar estos dos porcentajes y que no supere el 10,5%)                                                                          

·      *    SEXTA BIS: VENCIMIENTO ANTICIPADO
-           Se define como vencimiento anticipado que el banco reclame la totalidad del importe de la hipoteca que nos queda por pagar, lo abusivo de la clausula se refiere a que el banco solo nos puede pedir la cantidad adeudada si la hubiera (plazos que no hemos pagado de nuestra hipoteca) en vez de la totalidad de la hipoteca que nos queda por pagar.
-           El 11 de Junio del 2015 una sentencia declara el vencimiento anticipado nulo de pleno derecho. (Además estima que no se puede comenzar una denuncia por menos de 5 cuotas impagadas)

§   CLAUSULAS REFERIDAS A LA TITULIZACIÓN HIPOTECARIA (El banco vende nuestra hipoteca a fondos de inversión.
o   CESIÓN DEL CRÉDITO:  Nuestro crédito se puede ceder, vender etc…  a terceros sin que tengamos derecho a notificación
o   CESIÓN DE CONTRATO: Nuestro contrato se puede ceder, vender etc… a terceros. (En este caso el banco ya no tiene derecho a reclamarnos la deuda que tengamos de nuestra hipoteca ya que no es dueño de ella y deberían ser esos terceros quien negociaran con nosotros ya se trataría de una novación)



·      *    SOBRETASACIÓN:
-          Se define como sobretasación la diferencia entre la cifra que aparece en nuestro contrato de compraventa con respecto a la cifra que aparezca en la escritura del préstamo hipotecario. En la mayoría de los casos el cliente no recibe esa sobretasación.
-          El 18 de Julio de 2013 una sentencia del tribunal supremo de Baleares reconoció la existencia de sobretasación en la hipoteca de un cliente y la aseguradora del banco indemnizó al cliente con el importe de la sobretasación.




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